...Se acuerda SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO por el término de un (1) año, al ciudadano JORGE LUIS TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 20.176.916, residenciado: Urb. 23 de Enero, Tercera Casa, frente a la licorería 24 horas, Municipio Independencia, Estado Yaracuy. B) Se impone las siguientes condiciones a cumplir, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal: a) Presentarse ante el Delegado de Pruebas que designe la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. b) Residir en la dirección aportada en este Acto y en caso de hacer cambio de domicilio, notificarlo al Tribunal. c) Culminar el Servicio Militar Obligatorio de Forma Voluntaria. Este Tribunal le nombra delegado de prueba para verifique las condiciones impuestas. Así se decide. La presente fundamentación de la decisión tomada en audiencia es publicada en el lapso legal