En fuerza de los razonamientos anteriores, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA interpuesta por la Ciudadana: MARIA TERESA OQUENDO GUERRA, en contra del ciudadano MOISES BENSAYAN LOPEZ, en consecuencia este Tribunal declara que la referida unión concubinaria se inició en el año 1998 y culmino el 07 de junio del año 2005.-