Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en atención al contenido de los artículos 2, 19, 26, 257 Y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, 12, 242, 243, del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentara el ciudadano CARLOS GUILLERMO PÍRELA PRIETO, en contra de las empresas, GERENCIA NAVIERA Y ADUANERA C.A (GENARCA) y GERENCIA LOGISTICA TRANSPORTUARIA, las cuales son solidariamente responsables, del pago de las prestaciones sociales y demás conceptos laborales demandados en este proceso, todas las partes se encuentran plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Como consecuencia de esta declaratoria, se condena a las demandadas a cancelar al ciudadano Carlos Gu.....