se ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, notifíquese al Fiscal Séptimo del Ministerio Público, concediéndole el término de diez (10) días de despacho, a contar de la fecha de su notificación, para formular las observaciones que estime pertinentes, conforme lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley de Adopción. Asimismo se hace saber que sí el Ministerio Público no hiciere observaciones, el procedimiento continuará su curso. De igual forma se fija el cuarto día de despacho siguiente a la notificación del fiscal para verificar el consentimiento de los posibles adoptados xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, a las 9:30 a.m. y 10:00 a.m., respectivamente, de igual forma se fija las 10:30 a.m., del mismo día para oír la opinión y verificar el consentimiento de la cónyuge del solicitante ciudadana: xxxxxxxxxxxxx, venezolano(a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-xxxxxxxxxxxxxx; finalmente se fija las 11:00 a.m., para oír la opinión de la ciudadana xxxxxxxxxxxxx, venezolano(a), mayor de eda.....