En consecuencia:
PRIMERO: Se revoca sentencia dictada en fecha 7 de mayo de 2014.
SEGUNDO: Se repone la causa al estado que la Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia en su fase de Sustanciación de la etapa preliminar.
Remítase el presente asunto al Tribunal de origen en la oportunidad que corresponda.
La presente sentencia ha sido registrada y publicada. Certifíquese copia por secretaria.