Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de conformidad con el artículo 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO presentado por la representación de la parte actora en la presente causa teniéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.