Se dicto sentencia declarando CON LUGAR la demanda por fijación de la obligación de manutención interpuesta por el ciudadano: Dicso José Silva Hernández, en beneficio de sus hijos: (Identidad omitida de conformidad con el articulo 65 de la Ley Organica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). En consecuencia, procede a establecer, de conformidad con los artículos 365 y 369 de la LOPNA el monto fijo de la misma en la suma de: DOS MIL BOLIVARES (Bs.F.2.000,00) que tomando como referencia el monto del salario mínimo nacional equivale aproximadamente al doscientos cincuenta por ciento (250%) del referido salario que pagará el deudor mensual y consecutivamente EN FORMA VOLUNTARIA y sin coacción por orden de este tribunal a contar de la fecha del presente fallo, así mismo deberá cancelar SEIS MIL BOLIVARES (Bs.F.6.000,00), adicionales para el mes de diciembre, que con referencia del salario mínimo equivale aproximadamente a setecientos cincuenta y uno por ciento (751%) de ese salario. .....