En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda
1.- MANTENER LA MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACIONES cada 8 dias al ciudadano ORLANDO YOEL ROJAS PADRON, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 256 Código Orgánico Procesal Penal, NEGÁNDOSE el LA AMPLIACIÓN DE LA MEDIDA, según lo solicitado por la Defensa Técnica. Y ASÍ SE DECLARA.-
Notifíquese.
Se emana un duplicado de la presente a los fines de que repose en el copiador de Decisiones Interlocutorias del Tribunal. -
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal en San Felipe el día de hoy treinta (30) días del mes de Julio del año 2.009. Años 199º de la Independencia y 150 de la Federación.
LA JUEZ SEGUNDA DE CONTROL
ABOG. LIGIA MARIA GONZALEZ
.....