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Decisiones del dia 30/07/2014

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Puerto Ordaz
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : FP11-L-2013-000727 N° Sentencia : PJ0012014000114 Fecha: 30/07/2014
Procedimiento:
Desistimiento
Partes:
CIUDADANOS ELVIS DANIEL MUÑOZ ACOSTA Y ANYOEL GUERRA, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V- 20.804.656 Y V- 18.387.742 CONTRA MARITIME PERSONNEL CONTRACTOR, C.A.
Resumen:
En el día hábil de hoy, miércoles treinta (30) de Julio de 2014, siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de la Incomparecencia de la parte demandante así la parte demandada MARITIME PERSONNEL CONTRACTOR, C.A. plenamente identificada en autos asistido por la Abogada LAURA FARINA, abogado en ejercicio debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro.29.034 , plenamente identificada en los autos. Ahora bien, siendo las 9:00 AM. (horas de la mañana), y habiéndose hecho el llamado a las puertas de este circuito judicial 3 veces en forma oral y clara , sin que la parte demandada haya comparecido ni por si, ni por medio de sus apoderados judiciales a la realización de la Audiencia Preliminar, es por lo que este sentenciador para decidir pasa a hacer las siguientes consideraciones: La Audiencia Preliminar constituye la primera etapa del proceso laboral, y en el.....
Juez/Ponente:
Bernabe Antonio Perez Castaño
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Puerto Ordaz
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N° Expediente : FP11-L-2011-000269 N° Sentencia : PJ0012014000115 Fecha: 30/07/2014
Procedimiento:
Perención
Partes:
LUIS ULISES MARQUEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y PORTADOR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO. V- 5.512.070. CONTRA SERENOS INDUSTRIALES SERENOS DEL SUR C.A.
Resumen:
SEGUNDO Establece el articulo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:"Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...." Y el articulo 202 ejusdem establece: "La perención se verifica de pleno derecho y debe ser declarada de oficio por auto expreso del Tribunal". De los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca se requiere de la inactividad de las partes en el transcurso de un (1) año, esta inactividad esta referida a la realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actividad negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar los actos de procedimiento no los realizan. La Jurisprudencia Nacional ha sostenido que la Perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de estas entraña una renuncia a continuar la Instancia. El fundamento de la Perención de la Instan.....
Juez/Ponente:
Bernabe Antonio Perez Castaño
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Puerto Ordaz
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N° Expediente : FP11-L-2010-000933 N° Sentencia : PJ0012014000116 Fecha: 30/07/2014
Procedimiento:
Perención
Partes:
EDITO OSORIO, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y PORTADOR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO. V- 7.275.078. CONTRA TRANSPORTE Y SERVICIOS MILITARI C.A..
Resumen:
SEGUNDO Establece el articulo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:"Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...." Y el articulo 202 ejusdem establece: "La perención se verifica de pleno derecho y debe ser declarada de oficio por auto expreso del Tribunal". De los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca se requiere de la inactividad de las partes en el transcurso de un (1) año, esta inactividad esta referida a la realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actividad negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar los actos de procedimiento no los realizan. La Jurisprudencia Nacional ha sostenido que la Perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de estas entraña una renuncia a continuar la Instancia. El fundamento de la Perención de la Instanc.....
Juez/Ponente:
Bernabe Antonio Perez Castaño
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Puerto Ordaz
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