PRONUNCIAMIENTO DE LA DETERMINACION
De conformidad con lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes el Tribunal acoge en beneficio de los niños de autos lo acordado por las partes en relación a sus hijos, por lo que acuerda las medidas concernientes a los mismos en los siguientes términos:
PRIMERO: Ambos padres, a saber, los ciudadanos JESUS ALBERTO TORRES SILVA y KARLA ANTONIETA PERALTA RODRIGUEZ, plenamente identificados en autos; tendrán la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza sobre sus hijas de nombres IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES de catorce (14) meses de edad.
SEGUNDO: La Responsabilidad de Custodia, será ejercida por la madre.
TERCERO: Con respecto al Régimen de Convivencia Familiar, se acuerda el mismo será el acordado en el asunto VP11-J-2013-001780.
CUARTO: En cuanto a la Obligación de Manutención, se acuerda.....