este Tribunal de Protección, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, la presente ACCIÓN DE PROTECCIÓN, incoada el Consejo de Derecho del niño, niña y adolescente del municipio Bruzual del estado Yaracuy, a solicitud de la Escuela de Béisbol Menor de Pueblo Nuevo, los ciudadanos JOSE JUVENAL MESA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.279.031 y DORIS JOSEFINA SANDOVAL DE AGUIRRE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.512.108, contra el Directorio Regional de la Escuela de Béisbol "Criollitos de Venezuela".