En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano JULIO CESAR AVENDAÑO ANDUEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad números 7.917.029, CONTRA: EL MUNICIPIO BRUZUAL DEL ESTADO YARACUY