A quien el Tribunal los sentenció a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, SIETE (07) MESES, DIECIOCHO (18) DÍAS Y OCHO (08) HORAS DE PRESIDIO por la comisión de los delitos de Robo agravado de vehiculo automotor en grado de Tentativa, lesiones personales y resistencia a la autoridad, previstos en sancionado en el art. 7 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor y el art. 416 y 218 encabezado ambos del código penal; en consecuencia, se procede de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el Computo de la Pena: Consta en autos que el fue detenido en fecha 07-04-2008 por lo que se infiere que lleva detenido hasta la presente fecha UN (1) AÑO, SIETE MESES (7) Y VEINTICUATRO (24) HORAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta TRES (3) AÑOS, DIECIOCHO (18) DÍAS Y DIECISEIS (16) HORAS, la cual vence el 19-12-2012, de conformidad con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se notifica que el mencionado p.....