Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el Recurso presentado por los ciudadanos Carmen Franco Pérez, Geny Vásquez, Alexis Vásquez y Belkys Brito, debidamente asistidos por los abogados Osiris Torrellas e Iván Venegas, contra el auto dictado por el tribunal de control N° 6 dictado en fecha 12 de julio de 2004, así mismo declara ADMITIDO el recurso incoado por el Fiscal para el Régimen Procesal Transitorio, Abg. Luis Eduardo Améstica, contra el citado auto.