DECISIÓN
En razón de lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE CONTROL N° 5. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta el Procedimiento Ordinario, todo de conformidad con lo establecido en el 373 tercer aparte ejusdem. SEGUNDO: Se decreta medida cautelar de presentación cada quince (15) días ante la unidad de alguacilazgo de este circuito judicial penal contra ciudadano PEDRO AQUILINO MUJICA CAMACHO, Venezolano, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.451.269 y residenciado en la Granja Fátima, ubicado en el barrio el cementerio de Boraure, Municipio Autónomo la Trinidad del Estado yaracuy, por cuanto están llenos los extremos de los artículos 256, ordinal tercero del Código Orgánico Procesal Penal, incurso en la investigación del Delito de Homicidio Intencional previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de la v.....