PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer y tramitar el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto.
SEGUNDO: Se ADMITE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto.
TERCERO: Se ORDENA citar por oficio a la ciudadana PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, para que comparezca a la audiencia de juicio, considerándose consumada su citación luego de transcurrir el lapso de quince (15) días hábiles de que conste en autos el acuse de recibo de su citación, la cual será fijada dentro de los cinco días de despacho siguientes a que conste en autos la práctica de la última de las citaciones y notificaciones ordenadas, en cuyo acto las partes harán sus exposiciones orales, las cuales podrá consignar por escrito y promoverán los medios de pruebas que consideren conducentes, de conformidad con el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En tal sentido, se Remite anexo al oficio copias certificadas de.....