Este JUZGADO SEGUNDO (2º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR LA DEMANDA por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesta por el ciudadano ANTONIO NICOLAS RODRIGUEZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº: 4.600.605, en contra de la empresa CANTERA PALMA SOLA, C.A.