En mérito de todas las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda por INDEMNIZACION POR DAÑOS MORAL incoada por el ciudadano CESAR MOISES PEÑA GIL en contra EDITORIAL R.G., COMPAÑÍA ANONIMA, plenamente identificados en el Capítulo I del presente fallo.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada EDITORIAL R.G., COMPAÑÍA ANONIMA, a pagarle a la parte actora, como indemnización por el Daño moral demandado, la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,oo)
TERCERO: De conformidad con el articulo 274 del Código de Procedimiento Civil, se CONDENA EN COSTAS A LA PARTE DEMANDADA por haber resultado totalmente vencida en el presente proceso.