en consecuencia como la perturbación aducida, se traducen en actuaciones materiales por parte de los ciudadanos CARMEN TEREZA GIMÉNEZ Y JOSÉ ÁNGEL PACHECO, se ordena como medida complementaria, notificarles a los mismos que a partir del presente decreto, deberán abstenerse de acercarse al inmueble supra identificado, lo que incluye llamar a la puerta y apostarse frente al inmueble.