Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por el Abogado RONALD ROMERO en representación judicial del ciudadano HUGO ANDRES FERNANDEZ solicitante del título supletorio, identificado ut supra. En consecuencia se ordena al juez de la causa admitir y tramitar la solicitud de titulo Supletorio. Todo ello de conformidad con las disposiciones, legales, doctrinarias y jurisprudenciales ya citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Queda REVOCADA la sentencia dictada en fecha 28 de Septiembre de 2015, por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.