este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana, ELSA YASMIN MONTES GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-11.276.003, sobre unas bienhechurías, construidas sobre un área de terreno Propiedad Municipal, ubicado en la avenida 12 de Octubre entre calle 09 y canal San Judas Tadeo, barrio Las Tapias, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy