En merito de las anteriores consideraciones, este tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la presente solicitud de CAMBIO DE NOMBRE, intentada por el ciudadano: WUILMER DIONICIO SUAREZ CORDERO, venezolano, mayor de edad, Cédula de identidad Nro. V-16.839.488, de este domicilio en su carácter de Padre del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, nacido en fecha: 01 de AGOSTO 2005, asistido por el abogado Carlos Remolina, Defensor Público Primero adscrito a la defensa publica de este estado, con competencia en materia de protección de niños, niñas y adolescentes, virtud que en la presente causa no se presentaron terceros afectados en la oportunidad prevista por la Ley, para alegar sus derechos, en consecuencia, se ordena el cambio del nombre d.....