Por las razones expuestas este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado RUBEN RAFAEL RUMBOS GIL Inpreabogado Nro. 34.930, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha veintidós (22) de septiembre de 2006, en el juicio de cobro de Prestaciones Sociales interpuesto por el ciudadano JOSE OSWALDO TORO contra la empresa REPROSENCA.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES interpuesto por el ciudadano JOSE OSWALDO TORO contra la empresa REPROCENCA.
TERCERO: Queda REVOCADA la sentencia apelada.
CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza de la presente decisión.