Por consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: Primero:tomando en consideración tales esbozos y con base a lo preceptuado en los artículo 190 y 191 del Código orgánico Procesal Penal, resulta indefectible en el caso de marras declarar la nulidad absoluta de la acusación presentada por la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público, en fecha 03-10-2012, contra los hoy ciudadanos (IDENTIDAD OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión de los delitos de Violencia sobre Funcionario Público, previstos en el artículo 215 del Código Penal, en perjuicio de La Cosa Pública, Atentado Contra la Seguridad en la Vía, previsto en el 357 del Código Penal, en perjuicio de la Seguridad de los Medios d.....