Decreta: Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano Identificado en autos como ALBERT JAVIER ESCARAI, venezolano, de 18 años de edad, soltero, comerciante, nacido en fecha 21-03-1987,natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad No. V-17.648.510, residenciado en el sector Latino, casa S/N, frente al Hotel Latino, Nueva Bolivia, Estado Mérida, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano vigente cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de FRANCISCO APONTE, y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado el artículo 277, eiusdem., en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO.
CUARTO: Vista la solicitud de la Defensa en cuanto a la práctica de diligencias consistentes en: 1. Que se le tome declaración al ciudadano ALVARO ALBERTO GARIZABAL BOLAÑOS, titular de la cédula de identidad No. E-81.797.621, residenciado en el sector l.....