este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra del ciudadano AMÉRICO DEL VALLE DI BACCO CASTILLO, titular de la cédula de identidad V-8.935.765, nacido en fecha 31-01-1961, residenciado en: URBANIZACIÓN MANOA, MANZANA 18, CASA 02, SAN FÉLIX - ESTADO BOLÍVAR; por la presunta comisión de el delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: MARÍA AUXILIADORA MATA mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.090.579, residenciada en SEGUNDA TRANSVERSAL DE LA 321, EDIFICIO ARMA, APARTAMENTO 02, PUERTO ORDAZ - ESTADO BOLÍVAR. TELÉFONO: 0412-987......