DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA, a favor del ciudadano, CESAR AUGUSTO HERNANDEZ ROMERO, titular de la Cédula de Identidad N° 11.173.774, venezolano, mayor de edad, todo conforme a las previsiones del articulo 105 del Código Penal, en guardada relación con el articulo 479 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Con motivo de la precitada decisión, se ordena notificar al Fiscal de Régimen Penitenciario, al penado y a la Defensa, igualmente se acuerda oficiar a la Jefa de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de ésta Ciudad, a objeto de que excluya de la matricula llevada por esa Dependencia Oficial al precitado ciudadano. Del mismo modo, líbrese Oficio al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, a los fines de que el referido penado, sea excluido del Sistema Computarizado, en lo que respecta al Expediente signado con la Nomenclatura de ese Despacho, bajo los Nros. F-088.074, y en su debida oportunidad remítase al Archivo Ju.....