Este Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal de Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad que le confiere la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida al adolescente: xxxxxxxxxxxxxxx, de conformidad con lo establecido en el Art. 561 literal "D" de la Ley Orgánica Para La Protección Del Niño y Del Adolescente, en concordancia con los Articulo. 48 Ordinal 1°, 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Graves, previstas y sancionadas en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de xxxxxxxxxxx.
Notifíquese a las partes.
Se acuerda remitir la presente Causa al Tribunal de Ejecución en su oportunidad. Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo en Función de Control de la Sección Penal de Adolescente. En Ciudad Bolívar, a los 02 días del Mes de N.....