Por todas las consideraciones y motivos anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PIAR Y PADRE PEDRO CHIEN DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA Sin perjuicio de terceros, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus, FRANCIA JOSEFINA GOMEZ CAMPERO, quien era venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.916.296, domiciliada en Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar, quien falleció a consecuencia de INSUFICIENCIA RESPIRATORIA AGUDA, FALLA MULTIORGANICA SEPSI PUNTO DE PARTIDA PIEL en el Hospital Ruiz y Páez del Estado Bolívar, en fecha Tres (03) de Julio de 2018, a sus hijos: JORGE LUIS MORE.....