Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos EDUARDO JOSE AULAR y DIANA CAROLINA REYES HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.778.042 y 17.991.608 respectivamente, domiciliados el primero en el sector 19 de abril calle 3 casa S/N diagonal a la escuela Los Pinos, del municipio Nirgua del estado Yaracuy, y la segunda en el sector El Calvario calle N° 10 casa S/N del municipio Nirgua del estado Yaracuy, debidamente asistidos por la abogada MILAGRO JOSEFINA PEREZ MEDINA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 86.202. En consecuencia, con respecto a la niña de autos, este .....