Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio Unipersonal del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos PRIMERO: CONDENA, al ciudadano MARTÍN MARTINEZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 799.386, residenciado en la Urbanización la Paragua, sector 1, Bloque 4-C apartamento numero 39, Ciudad Bolívar, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el Artículo 409 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: JULIO CESAR GIMÉNEZ . SEGUNDO: Exonera de al pago de costas procesales al acusado conforme a los artículos 26 y 254 de la Constitución Bolivariana de Venezuela y 2.....