DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: ANULADA DE OFICIO, conforme a los artículos 49, 26 y 257 Constitucional, y 13, 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal; el fallo objeto de impugnación que profiriera el Tribunal Tercero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, dictada en fecha 14-06-2007 y publicada in extenso en data 20-06-2007; y mediante la cual declara el sobreseimiento de la causa, conforme al artículo 318, ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de la encausada Betzy Josefina Rivas; En consecuencia, se ordena se ventile el presente proceso judicial ante otro Juzgado en Funciones de Control de este Circuito Judicial, Ext. Terr. Pto. Ordaz, distinto al que emitiese el fallo descrito objeto de nu.....