Ahora bien, de los alegatos del solicitante en su escrito libelar, fueron debatidos en la audiencia de evacuación de pruebas fueron evacuados los siguientes documentos: 1) Copia certificadas del acta de nacimiento de mi hijo, llevada por el Registro principal del estado Yaracuy y 2) Copia simple del acta de nacimiento de mi hija, llevada por la Coordinación de Registro Civil del municipio Bolívar del estado Yaracuy; y 3) DATOS FILIATORIOS, del ciudadano ROBERTO JESÚS RODRIGUEZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 12.768.267, padre del adolescente de autos, expedida por la Dirección de dactiloscopia y archivo general del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), cursante al folio 8. Siendo que las referidas documentales, se refieren a documentos públicos, este Tribunal los aprecia y les da su justo valor probatorio Por todo lo antes expuesto, este tribunal considera procedente la presente rectificación, la .....