Se declara INADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto, ejercido por la Abogada MAGLLANYTS BRICEÑO, Defensora Privada de los ciudadanos imputados Richard Gregorio Alfonzo Díaz, Leonel Ernesto Cricett, Osmel José Ramírez Malave, Bruno Epifanio López, Agdatamir Antonio Rivas Brito, Julio Cesar Soler, Luís Arturo Alzota Bermúdez, Argenis Golfredo Gómez, Joel José Ruiz Hernández, Juan Antonio Valor, Jorge Luís Bello Martínez, José Raúl Medina Véliz, José Agustín Rodríguez Guillén Y Alfredo Alberto Véliz, en el proceso judicial que se les sigue; impugnación tal incoada a fin de refutar las decisiones de fecha 05 y 07 de Septiembre de 2006, proferidas por el Juzgado Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, mediante las cuales decretó Medida Cautelar Sustitutiva de la Privativa de Libertad a los imputados supra mencionados; todo lo anterior se resuelve, por ser el Recurso de Apelación EXTEMPORÁNEO, conforme al artículo.....