Se dicto decisión en la presente causa en la cual se declaro que no habia delito que calificar, como consecuencia de ello se decreto una libertad sin restriccion al ciudadano DONNY FIGUERA SILVEIRA, sin embargo se ordeno remitir las actuaciones al Ministerio público a los fines que continuara con las investigaciones, ya que la victima ciudadana YOLEXIS TROCONIS SALAZAR indico a este tribunal la ocurrencia de unos hechos que hay que investigar. Asimismo, en virtud que el ciudadano DONNY FIGUERA SILVEIRA, se encontraba solicitado segun orden de aprehensión Nº 701 emanada del tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial penal, este Tribunal ordeno ponerlo a la orden del antes mencionado Tribunal, como consecuencia de ello ordeno su reclusión en la Comisaria Policial de Guaiparo a la orden del tribunal Quinto de Control, asimismo se ordeno librar oficio al referido Tribunal informandole de lo decidido en la presente audienci. Quedando notificadas la partes de la presente decisión.