PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por DIVORCIO ordinal 3° del artículo 185 del Código Civil, intentara el ciudadano: JOSÉ ALBARO TORO SANTIAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.040.184, domiciliada en San Juan de Lagunillas, Calle la Puerta, casa N° 22, Municipio Sucre de Mérida Estado Mérida y civilmente hábil, asistido por la Abogada LUZ COROMOTO DAVILA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.024.325 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.101 CONTRA la ciudadana: SARA ELENA RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.013.949, domiciliada en Mérida Estado Mérida, y por ende queda disuelto el vínculo matrimonial constituido desde el día 16 de Diciembre de 1.993, contraído por ante la PREFECTURA (HOY REGISTRO) CIVIL DE LA PARROQUIA JACINTO PLAZA, MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MÉRIDA, según consta del Acta de Matrimonio signada con el Nº 53, folios 120 y 121, correspondiente al a.....