DISPOSITIVA.
Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control No. 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 2, 26, 49, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Decreta: 1) Admite en su totalidad la acusación presentada por la fiscalía Quinta del Ministerio Público en contra del ciudadano Armando Enrique Abreu González, por la comisión del delito de Apropiación Indebida Calificada, previsto y sancionado en el articulo 468 del Código Penal Venezolano. Asimismo admite las pruebas presentadas por la fiscalía por considerarlas útiles legales y pertinentes. Se deja constancia que la Defensa no ofreció pruebas. 2) Admite conforme al artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal el acuerdo reparatorio al cual han .....