´´Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley IMPARTE SU HOMOLOGACION de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, a la TRANSACCIÓN, celebrada por la sociedad mercantil DESARROLLOS 21, C.A.", representada en este acto por su GERENTE GENERAL, Ing. ROCCO PASSARELLI ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.890.285, y por el ciudadano OLIVER AGUIRRE ROJAS, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 84.124, parte actora en la presente causa, y por otra parte, el ciudadano RENE RAFAEL BARRETO ESCORCHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.186.411, debidamente representado por el abogado JOSE RAFAEL NATERA T., inscrito en el IPSA bajo el Nº 15.792, en el juicio segu.....