DECISION
En mérito de lo precedentemente expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA IMPROCEDENCIA, de la intimación ejercida por la Abogada LIL TERESITA ANDRADE MENDOZA en contra de los ciudadanos GABRIEL ACOSTA, JOSE ARTEAGA, AQUILES DIAZ, HERMES HERNANDEZ, LUIS GONZALEZ, MAITA JEOVER, JESUS NUÑEZ, GEOVANIS MUÑOZ, JOEL PEREIRA, MIGUEL RAMIREZ, EDUARDO RODRIGUEZ y ARMANDO RODRIGUEZ, representados en los doctores FRANK LEONARDO SILVA y/o OMAR CAMONA BARRIOS, y las Empresas CORPORACIÓN RINCON, S.A., y CORINOCO.
SEGUNDO: No se condena en costas a las partes intimadas por no haber resultado victoriosa la parte intimante.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 parte final del Código de Pro.....