En virtud de todas las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la acción de DIVORCIO intentada por la ciudadana CARMEN TERESA ROJAS DE GUILLEN, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.472.202, domiciliada en jurisdicción del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida y hábil, en contra del ciudadano JOSE LUIS GUILLEN PRIETO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V- 11.490.404, domiciliado en Bolero Alto, casa sin numero, Parroquia Mesa Bolívar, jurisdicción del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida y hábil, fundamentada en las causales segunda 2da y 3ra que son "abandono voluntario y los excesos, sevicia e injurias graves que hagan imposible la vida en común", contenidas en el art.....