En fecha 15-10-2007, se dicta sentencia mediante la cual Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada recurrente, en contra de la decisión dictada en fecha 05 de Junio del 2007, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Laboral del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, Estado Bolívar.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se CONFIRMA la referida decisión en todas y cada una de sus partes, por las razones antes expresadas.
TERCERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN LABORAL, incoada por el ciudadano CARLOS LEZAMA, en con.....