En mérito de las consideraciones precedentes, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por María Caraballo y Ariannys Rodríguez, en consecuencia, condena a la sociedad de comercio LA ELECTRICIDAD DE CIUDAD BOLíVAR (ELEBOL) a indemnizar a las demandantes por el sufrimiento físico a que se vieron expuestas.