Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda que por NULIDAD DE VENTA sigue el ciudadano LUIS MARCELINO GONZALEZ, contra la ciudadana JACQUELINE DEL CARMEN HERNANDEZ RODRIGUEZ y la Sociedad mercantil CONSTRUCCIONES METALICAS CHALI, C.A., representada por su presidenta, ciudadana VERA GIRON ROSA ESPERANZA, ambas partes ampliamente identificados ut supra. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales antes citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.-
Se declara sin lugar la apelación ejercida en fecha 24 de septiembre de 2015, por el abogado JOSE GONZALEZ DIAZ, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS MARCELINO GONZALEZ, parte actora, folio .....