Por lo motivos antes expuestos este JUZGADO EN FUNCION DE CONTROL Nº 2, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, SECCION ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara RESPONSABLE PENALMENTE al adolescente CARLOS ALFREDO PEREZ LANZA, de nacionalidad venezolano, de 14 años de edad, natural de San Félix, Estado Bolivar, fecha de nacimiento: 07/01/1992; titular de la cedula de identidad Nº V-21.247.534; hijo de los ciudadanos: Luisa Lanza (v) y de Ramón Pérez (v), residenciado en Urb. Gran Sabana (Las casitas del Core 8), manzana 18, casa Nº 84, Puerto Ordaz, Estado Bolívar. Teléfono: 0286-510167; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 457, en relación con los artículos 460 y 83 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Yaritza josefina Rodríguez Mariño. Sancionándolo con la medida PRIVACION DE LIBERT.....