Por lo motivos antes expuestos este JUZGADO EN FUNCION DE CONTROL Nº 1, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, SECCION ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara RESPONSABLE PENALMENTE al adolescente LUIS JOSE ALVAREZ BERMÚDEZ, venezolano, de 15 años de edad, nacido el 04/04/1992, titular de la Cédula de Identidad Nº V-25.002.264, hijo de los ciudadanos Arminda Bermúdez y Luis José Alvarez, residenciado actualmente en El Pensil II, Calle Montes, Casa N° 56, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; en la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 de la norma sustantiva penal antes señalada. Sancionándolo con la medida de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con lo establecido en el lite.....