Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185-A presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos SORANGEL DEL VALLE LAUCHO OLIVERO y SIMON ERNESTO BOADAS BORRAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad bajo los Nros. V-17.883.124 y V-16.163.847, respectivamente, debidamente asistidos por la ciudadana JOHANA LEZAMA SAENZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 253.906, respectivamente, en fecha 29 de Mayo de 2010, por ante el Registro Civil del Municipio Caroní del Estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nro. 526, de lo.....