En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos GÉNESIS DE LA PAZ TORRES ARAUJO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V-26.558.121, respectivamente, domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, a través de su apoderado judicial abogado en ejercicio JUAN FERNANDO MARTÍNEZ ANDRADE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 14.699.512, inscrito en el inpreabogado bajo el número 109.834, domiciliado en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil, y el ciudadano JAVIER ALEJANDRO AMARO BOHO.....