Este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: “Consta de el acta Policial al folio 06 de fecha el 20 de diciembre del año 2.007 suscrita por los funcionarios LIZARDI ASDRÚBAL, OMAR GARCIA, HECTOR ACOSTA, HUMBERTO BARRETO, y WILKER BRICEÑO, la Practica del allanamiento en la residencia, ubicada en la Urbanización E Perú del sector 4, una casa de color Azul y de Ventanas y rejas blancas, específicamente al lado de la licorería El Príncipe, donde lograron ingresar en compañía de tres ciudadanos que fuero tomados como testigos de dicha diligencia de investigación, en el interior de inmueble ubicado dos Panelas envueltas en tirro plástico de color azul, contentiva de rectos vegetales, de la cual en el acta de verificación de sustancias deja constancia que fue pesada y arrojo dos Klos con veinticinco grms; de droga presuntamente droga denominada presunta Marihuana, así mismo en di.....