Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentado por la ciudadana JULIA MARGARITA MELGUEIRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.556.104, debidamente asistida por la ciudadana MÓNICA CANACHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.101.608, abogada en ejercicio e inscrita en el IPSA bajo el Nro. 118.200, contra el ciudadano JEAN CARLOS MALAVE RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.587.579; y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha Diez (10) de Junio de 2021, por ante el Registro Civil de la Parroquia Unare del Municipio Caroní del Estado Bol.....