Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 15, 242, 24 3, 249, 254 y 765 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 185 del Código Civil y artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: Procedente la solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS, presentada por los ciudadanos LUIS ESTEBAN LOPEZ TOLEDO y NATALIE DE LOS ANGELES TINEO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 4.035.703 y 10.880.377 respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por la profesional del derecho EMPERATRIZ FRANCO, INPREABOGADO Nº: 67.968, de este domicilio.
SEGUNDO: Se declara DISUEL.....